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25 may 2018

Declarar la incapacitación civil a una persona.



Puesto que se restringe su capacidad de obrar en la persona afectada, sólo un juez puede tomar esta medida y por las causas dispuestas por ley.

Algunas enfermedades persistentes de carácter físico o psíquico provocan que una persona no pueda gobernarse por sí misma, con riesgo de obrar en perjuicio propio, de su patrimonio y de los demás. 

Hay tres figuras de protección para ellas: tutela, curatela (o incapacitación parcial) y defensor judicial. Pero la declaración de incapacidad civil, aunque sea en beneficio del enfermo, restringe su capacidad de obrar. Para evitar que alguien pueda aprovechar esa circunstancia, sólo un juez, y por las causas dispuestas por ley, puede aprobar esta medida.


A lo largo de la vida hay que tomar múltiples decisiones y, aunque incluso desde antes del nacimiento se es titular de derechos, no es hasta la mayoría de edad cuando se presume la capacidad para gobernar los propios asuntos. Sin embargo, no todas las personas tienen capacidad para ello. En especial, las afectadas por enfermedades mentales o por demencia senil. Cuando la incapacidad es obvia, debe intervenir el juez. Hay procedimientos legales, como la incapacitación judicial, promovida por los familiares para nombrar un tutor o curador que vele por el afectado.

¿Qué enfermedades dan lugar a la incapacidad?

Todas las patologías que impidan a una persona gobernarse por sí misma. Pueden ser males de carácter físico o psíquico, pero siempre persistentes. El Código Civil (normativa que regula esta figura legal) no cita enfermedades concretas, pero éstas deben afectar al conocimiento y a la voluntad.


¿En que consiste la incapacitación?

Es un procedimiento judicial a instancia de parte o del Ministerio Fiscal. 
Se debe presentar una solicitud o demanda y, tras ésta, se siguen una serie de trámites marcados por la ley y se realiza un examen exhaustivo de las pruebas. Una vez concluido el proceso, un juez puede declarar la incapacidad de una persona, en su beneficio. Si así fuera, se priva a ésta por completo (en raras ocasiones de modo parcial) de la capacidad de obrar. Se nombra, según el caso, un tutor o curador que le asista.



¿Qué es la capacidad de obrar?

Hay dos clases de capacidad, la capacidad jurídica y la capacidad de obrar. 

La primera es inherente a la persona toda su vida, al margen de su edad, estado de salud u otras circunstancias. Implica ser titular de derechos y de obligaciones. 

Para ejercitar estos derechos y obligaciones, hay que disponer de un plus, que es la capacidad de obrar. Ésta se alcanza con la mayoría de edad, ya que antes de los 18 años son los padres que ostenten la patria potestad quienes actúan por los menores. Por sí solos, estos no pueden adquirir una propiedad, aceptar una herencia o arrendar un local. A partir de esa edad, se cuenta con competencia para realizar actos jurídicos, ya que se presume aptitud para ello. Se requiere conciencia, inteligencia y voluntad. Si no las hay en suficiente grado, la ley obliga a suspender por cierto tiempo o de forma ilimitada la capacidad para realizarlos, en beneficio del enfermo y del modo menos restrictivo posible. 

¿Cómo se demuestra la incapacidad?

Son necesarias numerosas pruebas antes de dictar un informe que permita la incapacitación

En un primer momento, con la audiencia de los parientes. Un juez pregunta a tres familiares cercanos por su relación de parentesco, sobre la deficiencia que padece el enfermo y si están de acuerdo con el procedimiento. Se practica también un examen a la persona para quien se solicita la incapacidad y el letrado hablará con ella para tener un criterio objetivo. Son necesarias, además, pruebas documentales adicionales y un examen médico, de un especialista en psiquiatría o neurología, antes de emitir un informe.


¿Cuáles son las consecuencias para el afectado?

La sentencia judicial constata la situación de incapacidad. El dictado del juez debe establecer qué actos concretos puede realizar por sí sola la persona y cuáles no. Para estos últimos, se precisará la intervención de un tercero que le asista.


¿Por qué conviene incapacitar al afectado?


Toda persona mayor de edad tiene completa responsabilidad, civil y penal, sobre sus propios actos. Pero si se tiene restringido el entendimiento, es más fácil engañarla o realizar actos en su propio perjuicio, como la venta de una propiedad a precio inferior al del mercado. La incapacitación tiene un sentido positivo, ya que permite actuar a través de tutores o curadores a quienes tienen sus facultades mermadas.



¿Es imprescindible?

El Código Civil obliga a promover la incapacitación a los parientes y personas bajo cuyo cuidado esté el afectado. Si no lo hacen, se les pueden declarar responsables solidarios de las indemnizaciones por daños y perjuicios causados.

En caso de que la persona incapaz mejore, en cualquier momento posterior, por nuevas circunstancias, se puede solicitar otro procedimiento. Se podrá dejar sin efecto el anterior o modificar los términos de la incapacitación.


¿Quien debe solicitarla?

Pueden pedirla los parientes más cercanos. Según el Código Civil, el cónyuge o quien esté en una situación de hecho asimilable, los descendientes, los ascendientes o los hermanos del enfermo. También puede hacerlo el Ministerio Fiscal. Cualquier persona puede acudir a este organismo y comunicar la situación de un presunto incapaz, así como los hechos que pudieran determinar o aconsejar su incapacitación. Las autoridades y funcionarios públicos que, por razón de sus cargos, conozcan una posible causa de incapacitación, deben ponerlo en conocimiento del citado ministerio.
Fuente:EroskiConsumer
Lidia Barrio

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