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25 feb 2017

Sanciones por trabajar sin estar de alta en autónomos.


El coste de la cuota mensual de autónomos y las muchas obligaciones fiscales son algunos de los motivos que conducen a una parte de los autónomos a ejercer su actividad sin estar dados de alta, especialmente a aquellos cuyos ingresos no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional situado este año en 707.6 euros. Pero, ¿es esto legal?

La Seguridad Social determina que cualquier persona que ejerza su actividad profesional lucrativa, de forma habitual y no esté sujeta a un contrato de trabajo debe darse de alta como autónomo sin hacer referencia al volumen de facturación e ingresos.Esta falta de referencia sobre ingresos y temporalidad da lugar a un vacío legal que es interpretado como falta de obligatoriedad de alta en el RETA, una interpretación errónea.

Debes tener en cuenta la facturación derivada de tu ejercicio. ¿Qué ocurre si la Agencia Tributaria nos sorprende facturando sin estar dado de alta en el IAE? La infracción es considerada grave y puede salirte bastante cara; para ser más exactos la cuantía de la sanción oscila entre 300 y 3000 euros.

Es posible que hayas recorrido la mitad del camino, es decir, que te hayas dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social pero hayas eludido o retrasado el pago de la cuota mensual que te corresponde. En este caso también tendrás una penalización o sanción en forma de recargo del 20% del importe de la cuota. En este sentido la nueva ley de autónomos aún en trámites pretende establecer nuevas retenciones con el objetivo de flexibilizar los recargos que quedarían de la siguiente manera:

  • Recargo del 3% de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas dentro del primer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  • Recargo del 5%, si se abonasen las cuotas dentro del segundo mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  • Recargo del 10%, de abonarse las cuotas dentro del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  • Recargo del 20% de la deuda, en el caso de abonarse las cuotas debidas a partir del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
En referencia al fraude fiscal, Hacienda ha puesto en los últimos tiempos la lupa sobre el autónomo y la pyme con el objetivo de luchar contra deducciones indebidas, devoluciones de IVA jugosas o descuadres entre los modelos trimestrales y anuales. De hecho, el Plan de Control Tributario de 2017 pretende intensificar las inspecciones a comercios y locales de venta al público en aras de luchar contra el fraude de IVA.
Fuente: Marina Rivero Infoautónomos-El Economista

23 feb 2017

"El Síndrome de Alienación Parental" -SAP- Una forma de maltrato infantil. (1ª parte)



La Doctora Cristina Segura, en su estudio: El Síndrome de Alienación Parental, una forma de maltrato Infantil, dice que, "el modelo tradicional de la familia ha sufrido grandes cambios los últimos años existiendo en las últimas décadas un gran incremento de separaciones y divorcios.
Es importante garantizar el derecho fundamental de los/as menores a relacionarse adecuadamente tanto con su padre como con su padre manteniendo todos sus vínculos. Sin embargo hay situaciones en las que existen obstaculizaciones por parte de uno de los progenitores a las relaciones de sus hijos e hijas con el otro progenitor que desembocan en el Síndrome de Alienación Parental, una de las formas más sutiles de maltrato infantil, casi desconocida hasta ahora, pero  que es está cobrando vigencia día a día y que produce un grave daño en el bienestar emocional y en el desarrollo de los menores que lo sufren.

Sea cual fuere el miembro de la pareja (madre o padre) con quien conviva el niño se ha de garantizar la relación con ambos tras la separación; los regímenes de visitas tienen varias e importantes funciones psicológicas para el desarrollo de la infancia; las visitas protegen los derechos del menor de acceso al progenitor no custodio, al igual que los de este último; así mismo, se protege el vínculo emocional entre el niño y sus progenitores, ya que se le proporcionan modelos de rol alternativos y, por último se permite al progenitor custodio que descanse de su responsabilidad de crianza.

El problema surge no por el hecho de que los padres, responsablemente, decidan poner fin a su vida en común, sino cuando se hacen partícipes a sus hijos e hijas de los conflictos que ha generado la separación. Entonces los niños se ven inmersos en los problemas de los adultos, tomando partido en el conflicto , pasando a formar parte de los bloques enfrentados y reproduciendo las disputas de los mayores. En estos casos, la opinión de los menores está mediatizada, en mayor o menor grado por el problema en el que están inmersos y por las presiones que están recibiendo."

Los menores envueltos en una situación de ruptura familiar conflictiva sufren una aguda sensación de schock, de miedo intenso, teñido todo ello por un sentimiento de profunda confusión con consecuencias negativas a nivel psicoemocional y conductual.
Estos menores presentan con frecuencia; sentimientos de abandono y culpabilidad, rechazo, impotencia e indefensión, inseguridad, así como estados de ansiedad y depresión y conductas regresivas, disruptivas y problemas escolares.

La primera definición que se realiza sobre esta realidad es en 1985, Ricchard Gardner, define el SAP como un desorden que surge principalmente en el contexto de las disputas por la guarda y custodia de los niños. 
Cristina Segura-Médico-