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7 jun 2018

Capitalizar el paro para emprender.


Si te has quedado parado y estás pensando en emprender, deberías saber que existe la posibilidad de que consigas la prestación por desempleo en un pago único. Es lo que se conoce como capitalizar el paro, una opción bastante interesante, aunque no exenta de riesgos, para emprender un negocio propio.

Capitalizar el paro facilita las iniciativas de empleo autónomo abonando en un solo pago el importe total de la prestación. Existen tres modalidades de pago: 
  • percepción del 100% de la prestación, 
  • percepción de solo una parte de la prestación o
  • compensación mensual de las  cuotas de autónomos.
¿Quiénes son los beneficiarios del pago único y a qué se puede destinar el dinero?

Capitalizar el pago es una opción válida para casi todos los desempleados. Lógicamente, existen algunos requisitos para poder ser beneficiario del pago único. Estos son los más importantes:
  • Acreditar el alta como autónomo estable o la incorporación a una cooperativa.
  • Tras la aprobación de la capitalización se debe iniciar la actividad en un plazo máximo de un mes.
  • No haber compatibilizado la prestación por desempleo con ser autónomo en los dos años anteriores.
  • Como mínimo hay que tener pendiente de cobro al menos tres mensualidades de la prestación.
  • No se puede haber sido beneficiario de otra capitalización en los cuatro años anteriores a la solicitud.
También es importante tener claro cuáles son las actividades empresariales compatibles con el pago único, que son las siguientes:
  • Convertirse en trabajador autónomo.
  • Incorporarse a una cooperativa o sociedad laboral ya existente o de nueva creación.
  • Realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación.

Preguntas y respuestas sobre la capitalización del desempleo 

¿Qué es la capitalizacion del paro? 
Es el cobro de todo o parte de la prestación mensual del desempleo en un pago único para iniciar una actividad laboral como autónomos, como miembro de una cooperativa, como socio de una sociedad mercantil o para crear una sociedad laboral. 

¿Hay condiciones para pedirla? Sí. La principal es que la actividad debe iniciarse después de solicitar la capitalización y en el plazo máximo de un mes desde que se concede. Además, no se puedes capitalizar menos de tres meses. 

¿Y puedo pedirla varias veces? Puedes, pero siempre que hayan pasado cuatro años desde haber recibido la anterior y que no hayas compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación contributiva en los dos años previos. 

¿Qué pasa si mi proyecto fracasa? Si no has capitalizado toda la prestación, podrías reanudar su cobro con la condición de que la actividad por cuenta propia no haya superado los 60 meses y que haya transcurrido, al menos, el tiempo que hubieras estado cobrando la prestación por abonada como pago único, si no hubiera capitalizado y la hubiera cobrado mes a mes. Si has agotado la prestación, puedes acceder a los subsidios de agotamiento (PAE, Prepara, RAI) si cumples los reuqisitos. También puedes solicitar la prestación por cese de actividad, si haa cotizado por ello mientras eras autónomo. 

Si me hago autónomo, ¿cómo debo usar el dinero? Debes justificar que se destina a invertirlo en la actividad o a pagar las cuotas de autónomo. Si te haces autónomo, pero para ser socio capitalista en una mercantil debes tener control efectivo sobre ellas, trabajar en ella, que no se haya creado más de un año antes a tu inyección de dinero, ni puedes haber trabajado en ella antes. 

¿Y si quiero el dinero para crear una sociedad? Entonces el dinero debe dedicarse al capital social requerido para montarla o a los gastos burocráticos que coelleva hacerlo como los impuestos, la notaría, etc.
Fuente:20minutos

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