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14 mar 2016

Sanciones de Hacienda




Cuanto más tardemos en subsanar el error peores serán las consecuencias. Desde un punto de vista estríctamente técnico, Hacienda podría sancionarnos incluso si sólo han pasado unos pocos minutos desde que hicimos la declaración de IRPF complementaria.

En este sentido existen una sanción fija y otra variable que dependerá del tipo de infracción y del tiempo que haya pasado desde que se cometió el error. En los casos de borradores ya entregados la mayoría suelen ser infracciones leves, que no superan los 3.000 euros y en cuyo caso la sanción será del 50% del impuesto no ingresado, aunque se puede rebajar a la mitad si se paga directamente sin presentar alegaciones.

Para las sanciones graves cuya cuantía supera los 3.000 euros y además más del 10% de ese dinero se debe a la ocultación de datos, la sanción será de entre el 50% y el 100% del dinero que se tenía que pagar.

Si prefieres poner nombre y cara a algunas sanciones, el simple hecho de no comunicar el cambio de domicilio fiscal -sí, es obligatorio, implicará el pago de ente 75 y 100 euros en concepto de multa, mientras que presentar fuera de plazo el IRPF nos llevará a pagar entre 100 y 75 euros, dependiendo de que recurramos o no, más un 50% de la cantidad que debíamos de haber pagado si el resultado era a ingresar (recuerda que si no recurres sólo pagarás un 26,25%).

¿Y si el error es de Hacienda en el borrador?

Si aprobaste el borrador sin revisarlo y hay un fallo que, evidentemente, se debe a Hacienda, también tendrás que pagar la sanción. Y es que al final la AEAT entiende que la responsabilidad de que el IRPF esté bien recae sobre el contribuyente, es decir, sobre ti. Hacienda se leva las manos con el borrador, que según sus palabras sólo es una herramienta de ayuda.

Por eso mismo es tan importante repasar el borrador de la renta 2015 antes de presentarlo, para evitar este tipo de problemas y el tener que presentar después una declaración complementaria.

Por fortuna, ya hay sentencias que han dado la razón al contribuyente tras querellarse contra Hacienda y negarse a pagar por errores que la AEAT comete en el borrador y que, como puedes comprobar aquí, son habituales. En concreto, la sentencia estimaba que si el fallo se debe al borrador y es consecuencia de Hacienda, no debe mediar sanción.

Fuente: Financialred

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