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13 ago 2018

Derechos de los pasajeros en viajes de crucero



¿Sabías que si viajas en barco o en un crucero en la UE tienes una serie de derechos?
En caso de problemas, también tienes derechos. Estos derechos se aplican a todo retraso o cancelación que te impida embarcar...
y puedes ejercerlos:
  • al salir de un puerto de la UE, con cualquier transportista
  • al llegar a un puerto de la UE, con cualquier transportista.
Esas normas no se aplican a:
  • buques que transporten menos de 13 pasajeros
  • buques que no tengan más de 3 tripulantes
  • buques que cubran distancias inferiores a 500 metros, solo de ida
  • la mayoría de los buques históricos
  • buques de excursión y turísticos que no tengan instalaciones de alojamiento o si las estancias nocturnas no superan las dos noches a bordo.

Retrasos y cancelaciones

Si el servicio sufre un retraso o cancelación, tienes derecho a información adecuada y oportuna sobre la situación mientras dure la espera.
Si se cancela el servicio o la partida se retrasa más de 90 minutos, podrás elegir entre:
  • el reembolso de tu billete y, en su caso, el viaje de vuelta gratuito a tu primer punto de partida, por ejemplo, si el retraso te impide cumplir el propósito de tu viaje, o
  • el transporte, en condiciones similares, hasta tu destino final, tan pronto como sea posible y sin coste adicional.
Además, si la salida del barco se retrasa más de 90 minutos, en la mayoría de los casos tienes derecho a:
  • comida y bebida, en función del tiempo de espera
  • alojamiento, si la espera se prolonga hasta el día siguiente.
Si la llegada del barco a su destino se retrasa más de una hora, tienes derecho a indemnización. Según el retraso, el importe será equivalente al 25% o al 50% del precio del billete.
No recibirás ninguna indemnización si el retraso se debe a condiciones meteorológicas extremas o a una catástrofe natural.

Reclamaciones

Si crees que no se han respetado tus derechos, puedes reclamar al transportista en un plazo de dos meses a partir de la fecha del suceso. Tras recibir la reclamación, el transportista tendrá un mes para acusar recibo y dos para dar una respuesta definitiva.

Accidentes marítimos
 Si sufres lesiones en un accidente marítimo, tienes derecho a recibir una indemnización del transportista o su aseguradora. En caso de fallecimiento, podrán recibirla tus herederos.

También tienes derecho a que el transportista te indemnice en caso de pérdida o daños a tu equipaje, vehículos u otras pertenencias debidos a un accidente marítimo.
Si tienes movilidad reducida, la indemnización por pérdida o daños a tu silla de ruedas u otros equipos de movilidad cubrirá el precio íntegro de su reparación o sustitución.
Tienes derecho a recibir del transportista un adelanto para tus necesidades inmediatas en caso de lesiones o fallecimiento debidos a:
  • Naufragio
  • Zozobra
  • Colisión
  • Varada del buque
  • Explosión o incendio
  • Deficiencia en el buque

Reclamaciones

En caso de pérdida o daño durante un accidente marítimo, puedes reclamar indemnización a un tribunal del país:
  • donde el transportista tenga su establecimiento principal o sede permanente, o
  • en tu lugar de partida o destino, o
  • donde tengas tu domicilio permanente, siempre que el transportista se haya establecido en dicho país y esté sujeto a su jurisdicción, o
  • donde se haya contratado el viaje, siempre que el transportista se haya establecido en dicho país y esté sujeto a su jurisdicción.
En caso de daños o pérdida de equipaje, debes informar por escrito al transportista. Lo mejor es que lo hagas al desembarcar o al final, cuando se entrega el equipaje. Como muy tarde, hazlo en un plazo de 15 días desde el desembarque o entrega de equipajes o, de lo contrario, perderás el derecho a indemnización.
Por lo general, dispones de dos años para entablar una acción ante los tribunales, aunque la fecha exacta de inicio de ese plazo puede variar en función de la naturaleza de la pérdida o los daños.
Fuente:Tu Europa

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