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26 abr 2017

Renta 2016. El autónomo que trabaja en casa se puede deducir los suministros.


El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) presentó su informe anual sobre la Campaña del IRPF 2016, que incluye consejos para el contribuyente. La edición de este ejercicio incorpora pocas novedades respecto al ejercicio anterior, que fue cuando entró en vigor la reforma fiscal. Aun así, este órgano especializado del Consejo General de Economistas enumera un conjunto de elementos a tener en cuenta:


Suministros y autónomos

Los autónomos que utilizan parte de su vivienda como oficina o taller pueden deducirse gastos como el IBI o la comunidad de propietarios. La reducción será equivalente a los metros cuadrados que ocupa el lugar de trabajo. Otros gastos como los suministros (luz, agua, calefacción, internet) también son deducibles, sin embargo, las reglas no están tan claras. El contribuyente debe utilizar un criterio mixto de metros cuadrados y horas de dedicación. Hacienda ha preferido no concretar la fórmula de cálculo.

Exención por despido

La indemnización por despido que recibe un contribuyente está exenta hasta un máximo de 180.000 euros. Aun así, este beneficio se perderá si el despedido se vuelve a incorporar a la empresa en un plazo de tres años.


Trabajo en el extranjero

Cuando un trabajador residente en España realiza parte de su trabajo en el extranjero, puede acogerse a la exención por las retenciones soportadas. Sin embargo, el REAF recomienda guardar todos los tiques y justificantes para demostrar que efectivamente existe el derecho a acogerse al beneficio fiscal. Hacienda revisará con toda seguridad esa declaración. Lo mismo sucede en el caso de las compensaciones por manutención, estancia y desplazamiento que una empresa abona a un empleado. Ese pago no tributa, pero debe justificarse.

Prestación por maternidad

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró que la prestación por maternidad está exenta, sin embargo, la Administración mantiene el criterio contrario. A la espera de que se pronuncie el Tribunal Supremo, el REAF recomienda tributar por esta subvención y, si se quiere, presentar con posterioridad una rectificación de la autoliquidación. Esta vía implica acabar en los tribunales.

Jubilación

El REAF recuerda que si se ha jubilado en 2016 y tiene un plan de pensiones privado, puede rescatarlo en forma de capital y aplicar una reducción del 40%. Para beneficiarse de esta bonificación, el rescate debe realizarse antes del 1 de enero de 2019.
Fuente: El País:Cinco Días

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