El pasado 30 de julio entró en vigor la Ley de Cooperación Jurídica Internacional que permite la homologación de sentencias extranjeras en temas de familia, civil y mercantil para que estas leyes tengan efectividad en España.
La homologación de la sentencia extranjera permite que la misma pueda ser modificada o ejecutada por los Tribunales españoles siempre y cuando la persona extranjera que lo solicita resida
en España. Ello supone que un ciudadano extranjero que se halle residiendo en nuestro país y tenga una sentencia extranjera que quiera modificar o ejecutar aquí lo puede hacer en base a la nueva Ley. Ello será muy beneficioso especialmente en los temas de familia donde muchas veces el traslado de domicilio o la residencia del progenitor en el país de origen impiden la modificación o ejecución de dichas sentencias.
en España. Ello supone que un ciudadano extranjero que se halle residiendo en nuestro país y tenga una sentencia extranjera que quiera modificar o ejecutar aquí lo puede hacer en base a la nueva Ley. Ello será muy beneficioso especialmente en los temas de familia donde muchas veces el traslado de domicilio o la residencia del progenitor en el país de origen impiden la modificación o ejecución de dichas sentencias.
Con Ley de Cooperación Jurídica Internacional ya no será así y si, por ejemplo, el progenitor no paga la pensión por alimentos se le podrá reclamar por vía civil o penal desde España.
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