Buscar este blog

14 nov 2017

Notificaciones de Hacienda, ¿cuántas hay?





Las Notificaciones de Hacienda, son una serie de comunicados como diligencias de embargo o requerimientos que hay que saber gestionar y responder en plazo.

Cada vez que Hacienda se acuerda de nosotros, nos entra un temblor por todo el cuerpo...

Existen muchos tipos de notificaciones de Hacienda, las más comunes suelen ser de seis tipos. Cartas comunicativas, requerimientos, diligencias de embargo, comprobaciones, comunicación de inicio de actuaciones de investigación e inicio de expediente sancionador.

Es importante conocerlas para saber cómo debemos gestionarlas así como tener claro el plazo disponible para poder responder. De esta manera evitaremos problemas con la Agencia Tributaria.

CARTA COMUNICATIVA
Tiene carácter informativo y no requiere una respuesta específica. Su objetivo es facilitar al contribuyente los datos sobre una situación específica. La mejor manera de gestionarla es verificando aquello que la Agencia Tributaria nos comunica y actuar en consecuencia.

DILIGENCIA DE EMBARGO
Es enviada por Hacienda a clientes de un moroso fiscal, exigiéndoles que las cantidades pendientes de pago al moroso fiscal le sean directamente abonadas a ella. Desde que se recibe esta diligencia de embargo no hay que pagar nada al moroso de Hacienda, ya que podría uno convertirse en responsable solidario de la deuda. En el plazo de 10 días se debe responder si existen deudas pendientes con dicho moroso y no hacer ninguna operación de levantamiento de bienes o similar.

REQUERIMIENTO

Una notificación de Hacienda en la que se pide información relativa a una empresa o particular que haya tenido relación con nosotros. El plazo para responder suele ser de 10 días hábiles. En la respuesta hay que aportar los datos disponibles o bien presentar un escrito indicando que no se dispone de esa información.

COMPROBACIONES

  • El plazo es establecido por Hacienda, que suele ser de 10 días. Dentro de estas comprobaciones existen tres tipos:
  • Notificaciones de requerimiento: Hacienda solicita información o documentación junto a alguna declaración. Esto es debido a que existe alguna incongruencia entre los datos declarados y la información que ella dispone.
  • Notificación de la propuesta de liquidación provisional y trámites de alegaciones: En el caso de no estar de acuerdo con la corrección hecha por Hacienda sobre la declaración presentada tenemos un plazo de 10 días para presentar las alegaciones pertinentes.
  • Notificación de la resolución del procedimiento: Una vez analizadas las alegaciones, la Agencia Tributaria actúa y realiza una liquidación definitiva. Es posible recurrirla si no estamos de acuerdo. El plazo para hacerlo suele ser de un mes.
COMUNICACIÓN DE INICIO DE ACTUACIONES DE INVESTIGACIÓN

Dentro de las diferentes notificaciones de Hacienda, esta es la que determina el inicio de la Inspección Tributaria. No solo está destinada a contribuyentes que resultan sospechosos, también puede ir dirigida a otros contribuyentes de manera aleatoria.

INICIO DE EXPEDIENTE SANCIONADOR

En el caso de que se haya abierto un proceso de inspección o comprobación, Hacienda se pondrá en contacto con nosotros mediante esta notificación de la sanción. Es posible recurrirla aunque en el caso de que al final haya que hacer frente a ella el contribuyente tendrá que abonar los intereses de demora.

Fuente: Mi portal Financiero




No hay comentarios:

Publicar un comentario