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18 jun 2019

Extranjería : ¿Quién necesita un visado Schengen?




Tras la firma del Convenio de Schengen en Luxemburgo en 1990, entre los 22 Estados miembros de la Unión Europea y los 4 estados miembros de la AELC, el concepto de libre circulación comenzó a aplicarse solo cinco años después, permitiendo a la población de determinados países miembros viajar libremente y comenzar una vida en cualquiera de estos países.

En la actualidad, el Espacio Schengen abarca la mayor parte de los países europeos, a excepción del Reino Unido y de los países que pronto formarán parte de este acuerdo, como Rumanía, Bulgaria, Croacia, Chipre e Irlanda. Aunque no son miembros de la Unión Europea, los siguientes países como Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein también forman parte del Espacio Schengen, gozando de la misma política de libertad de movimiento que los demás.


En caso de amenazas individuales, independientemente de la nacionalidad, las autoridades competentes son propensas a realizar un control policial en cualquier frontera o zona fronteriza internacional, pero no equivalen a controles de control fronterizo. De lo contrario, cualquier persona, independientemente de su nacionalidad (siempre ciudadanos de los países miembros del Espacio Schengen) puede cruzar las fronteras internacionales sin controles fronterizos.

Sin embargo, en lo que respecta a los no miembros del Espacio Schengen, hay una obligación de visado obligatoria para entrar en el Espacio Schengen en algunos países.

Los países cuyos ciudadanos están obligados a obtener un visado Schengen para entrar en uno de sus países miembros se enumeran en la siguiente sección.

No obstante, los ciudadanos de los países del Espacio Schengen, así como los ciudadanos de los países que no necesitan un visado para entrar en el mismo, no pueden residir en el destino de viaje durante el tiempo deseado sin ningún otro permiso legal.

La cantidad de días permitidos para permanecer en cualquiera de los países del Espacio Schengen no excederá los 90 días/tres meses cada medio año, sin necesidad de dar motivos del viaje. Además, debe tener en cuenta que el hecho de poder obtener un visado Schengen para entrar y residir durante cierto tiempo en un Espacio Schengen no se aplica a trabajar o estudiar en ese país.

Entretanto, hay ciudadanos de los países que necesitan también un visado de tránsito aeroportuario para hacer escala en un aeropuerto de un país del Espacio Schengen.

La lista de países sujetos al visado de tránsito aeroportuario en el Espacio Schengen es la siguiente:

  • Afganistán
  • Bangladesh
  • República Democrática del Congo
  • Eritrea
  • Etiopía
  • Ghana
  • Irán
  • Irak
  • Nigeria
  • Pakistán
  • Somalia
  • Sri Lanka
Sin embargo, existen excepciones con respecto al visado de tránsito de aeropuerto para ciertas personas. En el caso de los siguientes términos, los ciudadanos de los países antes mencionados no están obligados a obtener un visado de tránsito aeroportuario:
Si la persona tiene un permiso de residencia de un país miembro del Espacio Schengen, un visado Schengen válido para estancias cortas o largas estancias.
  • Si la persona tiene un permiso de residencia de países como Andorra, Canadá, Japón, San Marino o los EE. UU. que garantiza el paradero de las personas.
  • Si la persona tiene un visado Schengen válido o un visado válido para entrar en uno de los países de la AELC, así como Canadá, Japón o Estados Unidos, incluso si regresan de esos países después de usar este visado.
  • Si la persona es miembro de la familia de un ciudadano de la UE (familia cercana solamente)
  • Si la persona tiene un pasaporte diplomático.
  • Si usted es miembro de la familia de un ciudadano de la UE/EEE, no significa necesariamente que usted no necesitará un visado para entrar en el Espacio Schengen. Solo significa que los procedimientos para obtener un visado serán más sencillos y rápidos. Sin embargo, para que esto se aplique, deberá cumplir con ciertos estándares tales como:
  • Deberá ser un miembro de la familia de primer grado del ciudadano de la UE/EEE (cónyuge o hijo menor de 21 años de edad).
  • Deberá unirse al ciudadano de la UE/EEE en el destino de viaje o en el país residente dentro del Espacio Schengen y tener prueba de ello.
En el caso de ciudadanos con más de una nacionalidad, los requisitos de visado dependen del pasaporte con el que elija viajar. Si opta por viajar con un pasaporte de nacionalidad que requiera un visado obligatorio, deberá obtener uno, incluso si está en posesión de un pasaporte de uno de los países miembros del Espacio Schengen, pero no está dispuesto a utilizarlo por ningún motivo.

En caso de tener un visado D que le permita no solo entrar en un Espacio Schengen, sino también vivir allí durante un cierto período de tiempo, con el permiso de residencia de un país determinado, tiene derecho a visitar cualquier país del Espacio Schengen en el plazo de 90 días, cada 6 meses.
Fuente:SchengenVisaInfo

17 jun 2019

¿Cómo actúan los okupas? Claves para proteger tu domicilio contra Okupas



La probabilidad de que bajes a comprar el pan o te vayas de fin de semana y a la vuelta tu vivienda esté okupada es muy baja. La policía reconoce que en alguna ocasión se produce la okupación de la vivienda habitual, pero no sucede, ni mucho menos, con frecuencia.
Aunque no existen estadísticas oficiales al respecto, los expertos consultados inciden en que el objetivo fundamental de los okupas son las viviendas vacías, principalmente de los bancos, aunque también de los particulares, promociones que están a punto de ser entregadas, así como pisos que se anuncian para la venta o para el alquiler. Viviendas cuyo propietario suele detectar en días o incluso meses su okupación y cuyo desalojo puede demorarse hasta un año.
Este aspecto es muy importante a la hora de echar a un okupa de una vivienda, ya que el camino legal a seguir es muy diferente si la okupación afecta a la vivienda habitual, a una segunda residencia o una casa vacía.
En el primer caso estaríamos ante un delito de allanamiento de morada que está recogido en el Código Penal y que permitiría a la policía desalojar la vivienda puesto que estarían ante un delito flagrante, que se está cometiendo en ese mismo momento. En estos casos, las primeras 24-48 horas son clave.
En este caso tendríamos que ir por la vía penal por un delito de allanamiento, mientras que en el segundo caso habría que ir por la vía civil y tendríamos que instar un desahucio por precario.
"La vía penal es más rápida. Por eso, en cuanto detectamos que alguien ha entrado en nuestra casa, lo primero que tenemos que hacer es ir a la comisaría e interponer una denuncia. Deberíamos aportar las escrituras de la vivienda y todo aquello que nos pueda ayudar a demostrar que alguien ha ocupado nuestra casa como, por ejemplo, las imágenes de la alarma si las tenemos. La policía nacional se personará entonces en nuestra vivienda de manera inmediata porque acabamos de denunciar la comisión de un delito. Si la cerradura está forzada, deberá constar en el atestado".

Las primeras 24 horas, son la clave

Lo importante es que el propietario detecte la okupación en las primeras 24-48 horas. "Normalmente, si nos vamos fuera el fin de semana o si tenemos contratada una alarma, la detección de la intrusión en la vivienda se realiza en las primeras horas, y eso es fundamental para poder echar a los okupas".
El poder detectar una intrusión nos permite activar los protocolos necesarios para avisar a las fuerzas y cuerpos de seguridad, posibilitando que la okupación pueda ser evitada al intervenir durante el allanamiento. Y en este caso la policía sí que puede evitarla, al poder detenerlos tras lo que se denomina delito flagrante, o bien desalojar a los okupas.
La situación es muy diferente cuando la vivienda ocupada no es la habitual del propietario. En estos casos, hay que recurrir a la vía civil
El principal objetivo de los okupas, son las viviendas adjudicadas a las entidades financieras ya que estas suelen tardar semanas, o incluso meses, en detectar que el inmueble ha sido ocupado. Prueba de ello es que algunas entidades han comenzado a 'empaquetar' estos activos y sus deudas en carteras para venderlas a fondos.
Viviendas vacías, segundas residencias...
En estos casos, no se está protegiendo la morada de una persona, pues el inmueble se encuentra vacío temporalmente o deshabitado. Lo que se protege es la propiedad y posesión de ese inmueble, y por lo tanto la solución que ofrece la ley es diferente. En estos casos el propietario no detecta la okupación en las primeras horas, lo que da tiempo a los okupas a instalarse en la vivienda, lo que hace mucho más complicado el desalojo.
Lo primero que hay que hacer en estos casos es interponer una demanda en el juzgado de primera instancia que nos corresponda. Una vez interpuesta la demanda, esta se reparte al juez correspondiente que es quien deberá admitirla o no a trámite. Todo esto puede llevar un mes o un mes y medio. Se notifica a los okupas y estos deben acreditar la propiedad en el plazo de cinco a diez días. Si no lo acreditan, se dictará la fecha del lanzamiento. 
Los vecinos, en estos casos, también pueden actuar, puesto que son afectados colaterales de la okupación ilegal de una vivienda. Tanto los vecinos como la propia comunidad de propietarios pueden ejercer la acción de cesación y expulsión por la realización de actividades molestas, insalubres, prohibidas en los estatutos, nocivas o peligrosas recogida en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). "Dicha acción se ejercita a través de una demanda civil por la comunidad de propietarios representada en su presidente.
Alarmas, puertas antiokupas...
En lo que todos los expertos también coinciden es en la prevención. En el caso de las viviendas vacías, el propietario debe estudiar si le compensa invertir en seguridad. Si le compensa instalar una alarma o una puerta antiokupa, cuyo precio de mueve entre 600 y 7.000 euros, que dificultan mucho la okupación de una vivienda puesto que para entrar, el okupa tiene que echarla abajo a base de golpes.
Fuente:Elconfidencial/Mercado Inmobiliario







10 jun 2019

Evitar los engaños y los fraudes a nuestros mayores.


DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES


Las ventas a distancia no son una cosa del pasado. A la radio, la televisión y las llamadas comerciales por teléfono (las que hace el cliente para interesarse por una oferta o las de la empresa que promete maravillas), se suman ahora las medias verdades que puede ocultar el comercio electrónico. Los mayores, que son los que más están en casa y reciben las recomendaciones de las teletiendas de los medios de comunicación, son víctimas prioritarias.
Los engaños de este tipo de operaciones son de dos tipos. 
  • Los que afectan a los productos 
  • y los que afectan a una financiación que se disimula con expresiones como “venta a plazos sin compromiso”, que acaba convirtiéndose, naturalmente, en una venta muy comprometedora.

Las empresas vendedoras les cuentan a los mayores, por ejemplo, por teléfono que quieren recompensar su fidelidad con un regalo o que les ha tocado un premio en un sorteo y, cuando lo reciben, les invitan a firmar un documento que los obliga a comprar otros productos que no tienen nada que ver”. Les aseguran que, si no les gustan, podrán devolverlos sin problema.
Sin embargo,lejos de la realidad, “los vendedores proporcionan a veces un teléfono que siempre comunica para que nunca puedan notificar las devoluciones en plazo [la ley prevé 14 días desde la venta para las devoluciones sin penalización]”. 

ABUSOS LIGADOS A LA FINANCIACIÓN 

Una de las trampas habituales es hacer pasar la venta con intereses altísimos como una inofensiva venta a plazos sin intereses”. Aquí, advierte la experta, “los mayores compran, por ejemplo, para sus nietos una colección de cuentos a una empresa que se anuncia por la tele sin saber que están pidiendo, a la vez, un crédito para pagarla”
Cuando llegan los primeros cargos mensuales, la cara de algunos mayores, lógicamente, es de absoluta perplejidad. Ellos o han abonado de una vez lo que correspondía o esperaban hacerlo en unos cómodos plazos sin intereses.
Según la ley de consumidores,  “los clientes pueden desistir del contrato, devolver el bien que compraron en definitiva, hasta 14 días después de firmarlo”. Y no tendrán, que justificar su decisión ni por qué recibir ninguna penalización”. 
Fuente:65 y más.com

30 may 2019

Accidente de tráfico ¿Qué aspectos legales se deben tener en cuenta?



Es normal para los involucrados en un accidente de tráfico el no conocer el procedimiento a seguir o de qué manera reaccionar, para ello existen abogados especialistas en la materia y desde aqui lo recomendamos encarecidamente

Cuando se tiene un accidente con el coche se generan implicaciones legales, y por lo general las personas no saben cómo proceder, por lo que, lo recomendable es acudir con un especialista que sepa mediar entre las autoridades y los involucrados. Para ello, se debe tener en cuenta que cada persona puede seleccionar a un abogado diferente al otorgado por la compañía de seguros.

Usualmente las aseguradoras poseen una cláusula de libre designación, de esta manera la persona que ha tenido el accidente de tráfico puede optar por el abogado de su preferencia, estando cubiertos los costes del profesional por la empresa de seguros en cuestión.

Los ámbitos a tomar en cuenta para las víctimas

Al ocurrir una colisión, puede que los ocupantes del vehículo no tengan síntomas suficientes como para una revisión de emergencia médica, pero siempre se debe realizar un chequeo, además los médicos pueden dar el soporte o pruebas que serán usadas para una potencial demanda a posteriori.

Los accidentes de tráfico ocasionan muchas actividades en los juzgados. En el caso de los aspectos legales para víctimas de accidentes, se puede solicitar compensación o indemnizaciones por parte de la justicia, para resarcir los daños psíquicos o físicos del suceso, intentando mitigar la situación.

En estos procesos, no se solicita únicamente una compensación por los daños hacia la víctima, sino además a perjuicios sufridos por el coche. Las reclamaciones se efectúan a la empresa aseguradora, pero si el conductor no tiene póliza de seguro, la demanda se hace a una institución del estado que acepta las indemnizaciones en estos casos.

¿Cómo se puede eximir de las responsabilidades?

Existen algunas excepciones a las reglas y los abogados especialistas pueden asesorar sobre ello. En general, el causante del accidente puede librarse de compromisos, pero el abogado penalista debe evaluar ciertos aspectos para saber si el accidente sucedió bajo un exonerante. Para ello, se tiene el informe realizado por el inspector de tráfico y además se debe entrevistar a los testigos del hecho.

Algunas de las excepciones incluyen causa de fuerza mayor, que indica que ha sido originada, por ejemplo:

- Para impedir atropellar a un animal o peatón y se perjudica una propiedad.
- Por un tercero, se da cuando otro elemento en la carretera produce el accidente. Caso fortuito, es por una avería mecánica del vehículo.
- Y por culpabilidad de la víctima, cuando ésta por ejemplo, atraviesa una calle no teniendo el paso de peatón asignado.
Las consecuencias relacionadas al accidente de tráfico

Estos percances acarrean consecuencias de tipos legales en lo penal, administrativo y civil. Cada ámbito cuenta con su forma de proceder, jurisdicción y autoridades encargadas. Los abogados pueden guiar en todo el proceso, debido a que este además posee una interdependencia, así que hay que saber cómo comenzar.

Lo principal es el delito de seguridad vial mediante el proceso penal. La responsabilidad se basa en el Código Penal y el mayor peso recae en quien se declare o demuestre culpable del hecho. Entre los castigos se encuentran multas administrativas, servicio comunitario, privación de libertad o revocación del permiso de conducir, dependiendo de la gravedad.

Con la responsabilidad civil se compromete al causante de la situación a hacerse cargo de los problemas y daños provocados, como destrucción de propiedad privada o pública y los agravios a los presentes.

Por su parte, en la responsabilidad contravencional se obliga al causante del accidente a cumplir con el Código de Tránsito. La Dirección General de Tráfico no resuelve los problemas entre los implicados, únicamente se encarga de quien incumplió las normas, pero el dictamen de esta jurisdicción se usa para la responsabilidad social y penal.

El inspector de tráfico a cargo del caso, de acuerdo al contexto en los que se originó el accidente, puede emitir una responsabilidad contravencional a los dos involucrados, a un solo o a ninguno, estableciéndose a partir del informe realizado.

En algunas ocasiones de menor gravedad, la víctima del accidente se deja llevar por el interés económico. El causante debe tener un seguro de responsabilidad civil de daños a terceros, con el cual se podría impedir ir a juicio, y la representación de un letrado ayuda proceder de forma correcta desde el inicio.

Cuando se no tiene un seguro, el causante puede otorgar una cantidad de dinero para resarcir los daños, pero para estos casos se necesita asesoría legal a la hora de proceder en acciones relacionadas, para no incurrir en asuntos considerados extorsión.
Alcoholemia, ciclistas y adolescentes en accidentes de tránsito


La prueba de alcoholemia es inevitable en un accidente, si el involucrado da positivo en estos casos o durante un control, se esperan medidas condenatorias, que variarán y puede atenuarse dependiendo de las circunstancias. Un abogado penalista negocia para intentar una reducción de la condena y en el proceso se evalúan valores técnicos que deben ser manejados por un especialista.

Con respecto a los ciclistas, al ser considerada la bicicleta un vehículo, el conductor debe cumplir leyes, como circular por los canales o vías permitidas. Pero para manejar estas, no es necesaria una póliza para cubrir daños. En caso de ser arrollada por un ciclista, la víctima debe pedir una indemnización, antes de ello, se deben intercambiar los datos, recopilar los testimonios de testigos, información del accidente, atestado policial e informe médico. 

Se puede proceder mediante un mecanismo más simple, en acuerdo entre las partes o reclamación amistosa, pero si el ciclista ignora la solicitud, la víctima puede demandar. Para que proceda se debe comprobar que fue la bicicleta la que circuló en un espacio no permitido o durante un semáforo en rojo, en caso de ser el viandante quien invada el carril, se desestima la petición. Los monopatines, monociclos, segways y hoverboards también se rigen por estas leyes.

Cuando un accidente de coche es causado por un adolescente, las leyes suelen ser fuertes, por considerar que tanto el responsable como los padres deben hacerse cargo de la situación. De demostrarse la culpabilidad, los padres están obligados a comprometerse financieramente. Es recomendable que los hijos estén incorporados a la póliza del coche, y en caso de presentarse una eventualidad relacionada, lo mejor es contar con la asesoría de expertos legales en la materia.
Fuente:Columna Cero

Protégete : Las estafas en los alquileres de viviendas se perfeccionan



En los últimos tiempos han aumentado los fraudes en Internet. Anuncios de alquileres que tratan de engañar al usuario con viviendas inexistentes o a un precio súper-chollo. Aunque se pueden encontrar anuncios fraudulentos en cualquier época del año, en los períodos vacacionales se multiplican. En cualquier caso, es importante permanecer atento para no ser víctima de un fraude.

Cómo evitar caer en el engaño:
  1. Sé precavido ante alquileres a precios muy bajos. Si te interesa una ubicación concreta, haz una comparativa con el resto de alquileres de la zona.
  2. Sospecha si detectas que las fotos de la vivienda son copiadas de otra web (contienen marcas de agua) o si son las mismas que las vistas en otros anuncios.
  3. No te fíes de propietarios que residen en el extranjero y por algún motivo no pueden enseñarte el piso en persona.
  4. Desconfía si te sugieren hacer uso de intermediarios para la entrega de las llaves o el contrato. Está de moda citar a empresas como Airbnb o similares, cuando no tienen nada que ver en el proceso, simplemente utilizan su nombre de manera fraudulenta para dotar de mayor credibilidad al fraude.
  5. Las prisas deben ponerte en alerta. Los ciberdelincuentes siempre tienen prisa por cerrar el trato lo antes posible.
  6. Si te solicitan pagos a través de servicios de envío de dinero de forma anónima como MoneyGram o Western Union, no continúes con el proceso. Tampoco si se solicita una transferencia a un banco que no sea de la misma nacionalidad que el "presunto propietario".
Cómo reconocer una estafa en alquiler de viviendas


Los precios

Este tipo de estafas se basan en ofrecer un inmueble con muy buenas prestaciones, a un precio anormalmente bajo o fuera de precio de mercado (por la ubicación, periodo del año, etc.). Por lo tanto, el primer síntoma que nos debe "poner en guardia" y con ello realizar un mayor número de comprobaciones, es el precio en función de las características que ofrece el inmueble. 

En algunos casos, si se regatea el precio del alquiler, lo bajan sin problema, sin embargo, el depósito inicial no suele ser negociable al ser el dinero que directamente estafan a los usuarios en un primer momento.

Ubicación del arrendador

Es frecuente que el propietario está en otro país extranjero y por algún motivo no puede salir de él y por ese motivo propone hacer la operación a través de un mediador “de prestigio”, como por ejemplo Airbnb, PayPal, 9Flats e incluso con TripAdvisor. Estas empresas no tienen nada que ver, solo usan su nombre para darle apariencia de seriedad al timo.

Basarán su estrategia alegando entrega de llaves, verificación de los futuros inquilinos, evitar tener que viajar desde el país donde se encuentran al país donde supuestamente alquilan el inmueble o simplemente para inspeccionar el inmueble, con la única finalidad de dotar de mayor credibilidad al fraude. Es curioso, porque si les dices que estás en el país en que están residiendo, ponen alguna excusa para no quedar, como por ejemplo, que en ese momento se encuentran en otro sitio distinto.

También se pueden utilizar páginas falsas que suplanten estas plataformas para la realización de los pagos. Enviarán a la víctima un enlace de correo electrónico que les llevará directamente a una página fraudulenta como se puede ver en este ejemplo real:

Correos personales en nombre de una empresa

El correo que llega de la supuesta empresa mediadora procede de un domino GRATUITO, como por ejemplo de Microsoft (Outlook), de Google (Gmail), etc. Lo usual en una empresa con buena reputación, es que el correo proceda de su propio dominio, algo como: fulanito [@] airbnb.com o fulanito[@] paypal.com

Generalmente toda la acción se desarrolla muy rápido, en un periodo de tiempo corto. El supuesto arrendador intenta meter presión y urgencia al interesado alegando que existen otros interesados e intentando conseguir el envío rápido de dinero y perpetrar con ello el fraude lo antes posible.

Además, los pagos de la fianza se pedirán hacerse a través de plataformas como Moneygram, Western Union, etc. al tratarse de sistemas de envío de dinero de difícil rastreo (una vez que se retira el dinero, ya no se puede recuperar). En ocasiones también sugieren realizar una transferencia a un banco que no es español, que curiosamente no coincide con la nacionalidad del “presunto propietario”.



Nunca ponen reparos

Cuando se trata de incitar al usuario para que pique y caiga en el engaño, no hay reparos a nada, ni mascotas, ni número de personas que habitarán el inmueble, ni alguna modificación u obra, o ni tan siquiera pidiendo algún complemento y cualquier desperfecto, corre a su costo, como se puede ver en el siguiente ejemplo.



Opiniones de otros usuarios

Cuando realizamos operaciones de compraventa por Internet, necesitamos saber qué opinan los otros usuarios del bien a adquirir o del vendedor que quiere realizar dicha operación. En muchas ocasiones es necesario buscar el correo electrónico del propietario ya que se suelen repetir en los timos, y en muchos comentarios ya aparece el nombre del mismo.

Por otro lado también es recomendable buscar la dirección del piso en Google. A veces el resultado muestra alguna noticia relacionada sobre si es un fraude o no, las propias opiniones de otros usuarios en relación al anuncio o al supuesto arrendatario, o simplemente para comprobar con Google Street View si el piso se corresponde con las fotos depositadas en el anuncio.

Fuente:Oficina de Seguridad del Internauta







29 may 2019

GRAN OPORTUNITAT DE NEGOCI A LA COMARCA DEL BERGUEDÀ. FINCA DE MONTMAJOR





🚨  GRAN OPORTUNITAT DE NEGOCI A LA COMARCA DEL BERGUEDÀ 🚨


En un entorn privilegiat i a la comarca del Berguedà disposem d'una finca que t'enamorarà. 
      Per a inversió empresarial o per autoocupació. 
Finca de Montmajor



La propietat es troba en una parcel·la privada de  5.000 metres, tot vallat amb 700 metres edificats.



  


Habitació
 L'habitatge disposa de  9 habitacions, una sala polivalent de 70 metres, una altra sala de 25 metres, un menjador de 25 metres, cuina de 25 metres. 
Sala polivalent 
Útil tant per a residencial o com a explotació de turisme rural, o activitats de turisme actiu i activitats a l'aire lliure i si és el cas; per emprendre el teu propi negoci obtenint ocupació i habitatge. 

Sala polivalent
 El Immillorable entorn a la comarca del Bergadà la converteix en una oportunitat excepcional per dur a terme un projecte de somni.
Et convidem a que ens truquis per organitzar una visita a la finca, sense cap compromís per part teva.
Preu 750.000 euros. ☎️ 973 48 12 66        marta@palouijounou.com

28 may 2019

Los viajes combinados. ¿Disfrutar de las vacaciones sin preocuparte de nada más?





Paquetes turísticos o viajes combinados son uno de los productos más ofertados y demandados en las agencias de viajes. Ofrecen ventajas muy interesantes a los viajeros, que podrán disfrutar de sus vacaciones sin preocuparse de nada más. Te explicamos a continuación qué son y qué derechos te asisten cuando los contratas.

¿Pero...qué son los viajes combinados? 

En realidad, el concepto de viaje combinado es muy simple. Se trata de un contrato de viaje que incluye al menos dos de los siguientes tres elementos:
  1. Transporte
  2. Alojamiento
  3. Otros servicios turísticos que no tengan que ver con el transporte y el alojamiento. Siempre que éstos sean una parte esencial del viaje.
Para que esta combinación de servicios se considere viaje combinado debe haberse contratado de una manera especial.
Los servicios se deben contratar antes del viaje y no durante el mismo. Esto quiere decir que las excursiones que se compran en destino no forman parte del viaje combinado.
El viaje debe tener al menos una noche de estancia
El precio de la combinación de servicios es global. Es decir, si compras en la misma agencia un vuelo individual y una noche de hotel y por cada uno se te carga un precio diferente no estás comprando un viaje combinado. El precio de los viajes combinados se fija para todos los servicios, como un todo.

Las ventajas que conlleva contratar viajes combinados parecen evidentes solo leyendo la descripción de los mismos. En primer lugar, si contratas uno de estos viajes combinados, solo tendrás que preocuparte de llegar a tiempo al aeropuerto. La agencia de viajes habrá comprado tus vuelos y hecho tus reservas de hotel u hoteles por ti.

Es posible que el viaje combinado incluya excursiones siempre que las reserves y organices antes de viajar.

Información que el viajero debe conocer sobre sus viajes combinados

Cuando contratas un viaje combinado debes asegurarte de que tu contrato indica los siguientes aspectos.
Destino, medio de transporte y características del mismo.
Duración y calendario del viaje, con itinerario
Listado de hoteles con su categoría y sus características principales.
Régimen de comidas. Que incluya las que se van a servir. Si es desayuno y cena, solo almuerzo, pensión completa... Y si incluye o no bebidas.
Requisitos para viajar al país o países de destino.
Precio final del viaje, impuestos incluidos. Y precio aproximado de las excursiones opcionales. Si habrá gastos adicionales en el viaje, también deben constar en el contrato. Por ejemplo, todo lo relativo a propinas.
Si se ha pagado un anticipo, también debe constar. De hecho, el contrato debe recoger todas las condiciones relativas a la contratación.
Cláusulas de cancelación y posibles responsabilidades que se deriven de la no celebración del viaje.
Datos legales del organizador del viaje y, si es extranjero, de su representante legal en España.
Toda la información adicional sobre el viaje que sea relevante.

Es importante que leas con atención el contrato de tus viajes combinados y que compruebes que aparece en él todos los elementos de la lista anterior. Por lo general, la mayoría de los viajes salen bien. Pero si tuvieras que hacer alguna reclamación, el contrato sería una documentación fundamental a aportar.
Fuente: El Confidencial
Foto:Carolina Cancanilla